Federación de Cámaras de Productores de Caña

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La Federación de Cámaras de Productores de Caña (FEDECAÑA), fundada el 25 de octubre de 1971, es una entidad que representa, promueve y defiende los intereses y derechos de los productores de caña de azúcar de Costa Rica. Esta organización es la encargada de representar al sector cañero ante la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar.

Esta fundación se inició por las Cámaras de Productores de Caña del Atlántico, Pacífico y San Carlos. En la actualidad la conforman la Asociación Cámara de Productores de Caña del Atlántico, la Asociación Cámara de Productores de Caña del Pacífico, la Asociación Cámara de Productores de Caña de San Carlos, la Asociación Cámara de Productores de Caña de Puntarenas, la Asociación Cámara de Productores de Caña de Guanacaste y la Asociación Cámara de Productores de Caña de la Zona Sur.

Según la Ley N° 7818, Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar, esta entidad se encarga de la representación del sector cañero ante la Liga Agrícola e Industrial de la Caña de Azúcar.

 

Los fines principales de la Federación son:

  • Vincular, conforme a estos estatutos y lo dispuesto en la Ley N° 7818 y sus Reglamentos, a las asociaciones de productores de caña, a efecto de ejercer las atribuciones y cumplir los demás objetivos que le asignan dichos ordenamientos jurídicos.
  • Defender los derechos de los productores de caña, derivados de la ley y reglamento citados.
  • Procurar que existan buenas relaciones entre las cámaras afiliadas.
  • Trabajar por el armonioso desarrollo de la agricultura de la caña.
  • Lograr una participación representativa en la Liga de la Caña de las diferentes zonas agroindustriales dedicadas a este cultivo y quienes lo practican en ellas, que permitan la gestión eficaz y coordinada de los deberes y las atribuciones que la Ley N° 7818 asigna al sector cañero, el cual suministra caña para elaborar azúcar.
  • Participar, con sujeción a la Ley N° 7818, en la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar.
  • Nombrar o sustituir a los miembros propietarios y suplentes del sector cañero en los Órganos Pluripersonales de la Liga de la Caña, con sujeción a lo dispuesto en la Ley N° 7818 y su Reglamento.
  • Nombrar y sustituir a los miembros que le corresponde designar al sector cañero en los Directorios de Servicios Desconcentrados y Comisiones Permanentes de Asesoría que establezcan el Reglamento de la Ley N° 7818 o los órganos competentes de la Liga.
  • Las demás atribuciones que le asignen la Ley N° 7818, el reglamento de dicha ley y sus estatutos.

Estructura orgánica de FEDECAÑA

Los órganos de la Federación son los siguientes:

1. ASAMBLEA NACIONAL ELECTORAL CAÑERA
  • Se encuentra conformada por 10 miembros de cada zona agroindustrial del país. En total, son 60 productores. Los 10 miembros que le corresponde elegir a cada zona se eligen entre los productores afiliados a la cámara de dicha zona y los productores no afiliados, de forma proporcional al total de entregadores de caña.
  • Le corresponde, entre otros aspectos de interés, nombrar a los representantes de zona ante la Asamblea General y el Consejo Directivo de FEDECAÑA.
2. ASAMBLEA GENERAL
  • Se encuentra conformada por 30 miembros, 5 por cada zona, con sus respectivos suplentes.
  • Le corresponde, entre otros aspectos de interés, nombrar a los representantes de FEDECAÑA ante los órganos colegiados de LAICA (Asamblea General, Junta Directiva, Consejo de Comercialización y órganos desconcentrados), así como al fiscal.
3. CONSEJO DIRECTIVO
  • Se encuentra conformado por un miembro de cada zona agroindustrial, con su respectivo suplente
  • Son facultades y obligaciones del Consejo Directivo:
  1. Cumplir las políticas de la Federación, conforme con lo dispuesto por la ley y los estatutos.
  2. Ejecutar los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General, excepto en los casos en que claramente se opongan a los estatutos.
  3. Hacer que se cumplan sus propias disposiciones.
  4. Establecer y organizar los servicios y actividades de la Federación.
  5. Cumplir sus fines y adoptar todas las medidas que no estén específicamente reservadas a la Asamblea General.
  6. Nombrar y remover a las personas que representen a la Federación en directorios de servicios desconcentrados y comisiones permanentes de asesoría de la Liga de la Caña.
  7. Examinar y resolver con entera independencia los asuntos que le incumben.
  8. Asignar y aprobar las erogaciones, egresos o gastos de la Federación, conforme al sistema que establezca.
  9. Convocar a la Asamblea General a sesiones ordinarias y extraordinarias, señalando día, lugar y hora.
  10. Nombrar apoderados y fijar sus atribuciones con las mismas limitaciones prescritas en los estatutos.
  11. Desempeñar y cumplir las demás obligaciones y atribuciones que señalan los estatutos.
4. FISCALIA
  • La conforma la persona electa por la Asamblea General.
  • Le corresponde velar por lo dispuesto en los estatutos, la Ley de Asociaciones y su Reglamento.
5. DIRECTOR EJECUTIVO
  • Es el administrador y asesor de la Federación, con las facultades de un apoderado general.

Contáctenos para más información

Correo electrónico: fedecana@fedecana.org

Teléfonos: (506) 2223-8904, 2223-9185, 2223-8450

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